esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal en razón de que la orden de aprehensión de la ciudadana Elsy María Graterol, devino en ilegitima por haber transcurrido un lapso excesivo de más de 23 años sin que la misma se ejecutara por la comisión del delito de aborto, no obstante, juzga conforme a derecho el decreto de libertad ordenado por el Tribunal de Control pero por las razones que se expresaron en la motiva del presente fallo.