Por los fundamentos expuestos, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumada la perención y extinguida la instancia en el presente juicio; asimismo se suspende la MEDIDA PROVISIONAL DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Juzgado en fecha Veintiocho de Enero del año 2002 (28-01-2002). Líbrese oficio al Registrador Subalterno del Municipio Carirubana de esta Ciudad de Punto Fijo.