este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente para conocer de la presente causa por razones de territorio, y en consecuencia declina el conocimiento del presente asunto y ordena su remisión a los Tribunales de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Tucacas. Notifíquese de la presente resolución a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Estado Falcón, al Defensor Privado Abg. Carlos Arévalo, y a los imputados, y envíense el asunto a la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Tucacas, a los fines de dar cumplimiento a los antes declarado y su respectiva distribución; y ofíciese al Archivo Judicial informando la desincorporación del presente asunto del Inventario de causa activas. Publíquese y Regístrese.
La Juez Quinto de .....