Por recibida y vista la anterior demanda, así como los recaudos acompañados a la misma, incoada por el abogado ASDRUBAL GARCIA SANABRIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 43794, actuando en su propio nombre como cesionario de un crédito cedido por la empresa mercantil de este domicilio U.R. MEDIOS, C.A., quien solicita se trámite por el PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR INTIMACIÓN, previsto en los artículos 640 al 652 del Código de Procedimiento Civil, contra la firma OPTIMA COMUNICACIÓN GROUP, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 28 de marzo de 2001, Tomo 173-A-V, en la persona de su Presidente ciudadano RAFAEL JOSÉ GAVIDIA GARCIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad número 6.978.056; este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de Ley, fundament.....