En fuerza de los anteriores razonamientos este Tribunal impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda de amparo presentada por el ciudadano ADOLFO JOSÉ SÁNCHEZ-BUENO DÍAZ, asistido por los abogados Juan Páez e Isaac Pérez, contra la sentencia de fecha 23 de marzo de 2006 y el auto de ejecución de fecha 25 de julio de 2006, dictadas por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio que por cobro de dos letras de cambio por el procedimiento intimatorio, intentara contra el recurrente en amparo, el ciudadano JOSÉ VILLLALOBOS FERNÁNDEZ.