En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto los abogados HENRY GIOVANNY CASTILLO MÁRQUEZ y ZAIDA LISBET SAMBRANO, en sus caracteres de apoderados de la ciudadana EMERY YUDIHT URQUIA DE CASTILLO, contra el auto de fecha 12 de marzo de 2014, dictado por el Juzgado de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, mediante el cual negó oír la apelación interpuesta por los recurrentes, contra el auto de fecha 25 de febrero de 2014.
SEGUNDO: Se REVOCA el auto de fecha 12 de marzo de 2014, dictado por el Juzgado de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. En consecuencia se ORDENA .....