se acuerda, de conformidad con el artículo 646 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolesceente, para dar inicio a la ejecución de la sentencia, dotar de contenido a la sanción impuesta, motivo por el cual éstos deberán presentarse por ante la Defensoría Integral del Niño, del Adolescente, de la Mujer y de la Familia, una (1) vez cada quince (15) días, desde el día doce (12) de mayo de 2003 hasta el día doce (12) de noviembre de 2004, para someterse a la supervisión, asistencia y orientación que dicha institución presta, la cual está ubicada en la Av. Pumarrosa, esquina Prolongación Girardot, casa N. 1 de la Ciudad de Punto Fijo Estado Falcón. Notifíquese a los sancionados IDENTIDAD OMITIDA a sus representantes ciudadanas Marlene Josefina Semeco de Céspedes , titular de la cédula de idnetidad N. 10.967.814 y Marisela de Jesus Gotopo López, titular de la cédula de identidad N. 9.803.125, domiciliadas en las mismas direcciones que sus representados, a la víctima ciudada.....