Con fuerza en la motivaci¾n y fundamentaci¾n que antecede este Tribunal Mixto Primero de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Falc¾n, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CON VOTO SALVADO DEL JUEZ PRESIDENTE CONDENA a los ciudadanos EMIL JOSE MORILLO, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 21-11-1980, titular de la cÚdula de identidad N? 18.028.039, soltero, de ocupaci¾n Latonero, residenciado el la Calle Principal, Barrio Nuevo, La Vela de Coro, a cumplir la pena de 21 A?OS, 5 MESES y 10 DIAS DE PRESIDIO por ser autor responsable de los delitos de Robo de Veh?culo Automotor, Robo a Mano Armada y Privaci¾n Ileg?tima de Libertad, tipos penales previstos en el art?culo 6 de la Ley sobre Robo y Hurto de Veh?culo Automotor, art?culo 460 y 175 del C¾digo Penal. Igualmente declara CULPABLE al ciudadano LUIS JOSE CHIRINOS, venezolano, nacido el 31 de agosto de 1977, titular de la cÚdula de identidad N? 17.177.688, so.....