Se ordena a la Dirección del Centro Penitenciario Región Capital Yare I, el traslado del penado JEAN CARLOS QUERO SANCHEZ, hasta la residencia ubicada en el Parcelamiento Cruz Verde, calle José Félix Rivas, propiedad de la señora Mirian Sánchez quien es progenitora del penado, donde cumplirá la pena de confinamiento impuesta por este Tribunal.
.- Se ordena remitir copia certificada del presente auto al Juzgado de Ejecución del Estado Miranda.
.- Se ordena oficiar, anexando copia certificada del presente auto de concesión, al prefecto del Municipio Miranda, a los fines de que aperture un libro de registro de presentaciones con los datos identificativos del penado de marras, a tenor de lo dispuesto en el primer aparte del artículo 20 del Código Penal Venezolano en su primer aparte.
Así mismo, se ordena a la Prefectura del Municipio Miranda, la apertura de un registro en Libros, de las entradas y salidas del penado, a esa ciudad, para lo cual previamente deberá dar cuenta de.....