DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano JESÚS ENRIQUE VILLARINO ALONSO, en su condición de Presidente de la sociedad mercantil REPRESENTACIONES VILLARINO C.A., (REVICA), mediante diligencia de fecha 9 de mayo de 2016.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto de fecha 26 de abril de 2016, dictado por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual declaró INADMISIBLE la TERCERÍA propuesta por el ciudadano JESÚS ENRIQUE VILLARINO ALONSO, en su condición de Presidente de la sociedad mercantil REPRESENTACIONES VILLARINO C.A. (REVICA), en contra de los ciudadanos JULIA GEORGETTE KATIUSKA HER.....