En base a los argumentos antes expuestos, ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL EL CIRCUITO JUIDICIAL PENAL DEL EL ESTADO FALCON, EXTENSION PUNTO FIJO, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de EXTENSION DEL LAPSO DE PRESENTACION, presentado por el ciudadano JOLMAN JOSE CONTRERAS COLINA, venezolano, natural de los taques, nacido en fecha 22-06-84, de 29 años, portador de la cédula de identidad Nº 18.631.817, de profesión mecánico, hijo de José Manuel Contreras Montero y Yolanda Margarita Colina Díaz, residenciado en el sector la plaza, calle La Verdad, casa No. 07, de la Población de Moruy, Municipio Falcón, por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en el artículo 43 y 44 ordinal 2° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuic.....