Esta Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional como garante y protectora del Derecho a la Identidad de la niña de autos, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud presentada por la Abogada María Da Corte Luna, en representación del Ministerio Público, reconocimiento manifestado y aceptado ante su Despacho por los ciudadanos JONATHAN JOEL RODRIGUEZ AGUILAR y LISSETT YANETH MIJARES PALMA, venezolanos, titulares de las cédulas identidad Nros. 17.348.736 y V-13.609.116 respectivamente, a favor de su hija, la niña XXXX; SEGUNDO: En consecuencia se DECRETA el reconocimiento voluntario, claro e inequívoco de la niña XXXX, realizado por su padre, ciudadano JONATHAN JOEL RODRIGUEZ AGUILAR, ya identificado. En lo adelante la niña XXXX, d.....