Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, asentada en fecha 06 de abril del año 1979, bajo el N° 468, folio 478, en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, correspondientes al año 1979, llevados por ante el Registro Civil y Electoral del Municipio Carirubana del estado Falcón. SEGUNDO: Se ordena estampar la debida nota marginal en el acta de nacimiento, asentada en fecha 06 de abril del año 1979, bajo el N° 468, folio 478, en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, correspondientes al año 1979, llevados por ante el Registro Civil y Electoral del Municipio Carirubana del estado Falcón, a fin de que se escriba en el acta lo siguiente: donde se lee R.....