este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por Fiscalía Primera del Ministerio Público, en contra del acusado ciudadano MANUEL ACOSTA RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito de HURTO previstos y sancionados en el artículo 451 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de DANNY JOSE CARROZ. SEGUNDO: Se Admite todos y cada uno de los medios de prueba que fueron presentados por el Ministerio Público, por considerar que los mismos resultan útiles, lícitos, necesarios y pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 197, 198, 199 y 339 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se mantiene al imputado en la medida impuesta desde el inicio. CUARTO: SE ORDENA EL ENJUICIAMIENTO ORAL Y PÚBLICO del acusado ciudadano MANUEL ACOSTA RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito de HURTO previstos y sancionados.....