DE LA ADMISIBILIDAD DE PRESENTE ACCION DE AMPARO
Siendo la oportunidad legal para decidir sobre la admisión del presente RECURSO DE HABEAS CORPUS, interpuesto por el abogado JULIO TOVA BOSO y luego de haberse declarado competente este Tribunal para conocer de la presente acción constitucional, se constató que el mismo cumple con los requisitos señalados por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en virtud de ello, se concluye que la solicitud es admisible.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: ADMITE la presente ACCIÓN DE HABEAS CORPUS interpuesta por el abogado JULIO ENRIQUE TOVA BOSO actuando en representación de los ciudadanos CHEN MEI XIANG, LIN YI YAN, GAO BING, LIUU XIU LAN, DONG YONG LE, DONG XU XIAN, JIANG DUAG FENG y ZHU BEN WEN.
Seg.....