Por todas las razones expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA, PRIMERO: La extinción de la acción penal en el presente asunto, a tenor de lo previsto en el artículo 48 numeral 6° del Código penal Vigente SEGUNDO: Se decreta el SOBRESEIMIENTO en el presente asunto penal seguido contra de la ciudadana YULIMAR MACHO LAGUNA y ANTONIO JOSÉ MACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 15.703.043 y 11.802.197, respectivamente, ambos residenciados en el sector Zumurucuare, calle Páez, casa s/n de esta ciudad de Coro, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del la norma sustantiva penal vigente para la fecha que se suscitaron los hechos en concordancia con lo dispuesto en el artículo 415 eiusdem y lo esta.....