Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N: 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Tucacas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad conferida en la Ley RESUELVE: Declarar con lugar lo solicitado por la defensora la imposición de medidas cautelares de las contenidas en el artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente imponiéndole a los imputados: IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificados al inicio de este auto las medidas cautelares contenidas en el artículo 582 literales ¿b¿ y ¿c¿ las cuales consisten en: Obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada que informará regularmente al Tribunal, recayendo tal obligación en el Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este Circuito Judicial. Obligación de presentarse periódicamente ante l.....