En consecuencia, este Tribunal Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por la materia, para conocer de la presente Solicitud de Inserción de Acta de Defunción fundamentada en los artículos 501 y siguientes del Código Civil Venezolano, presentada por la ciudadana ANGELICA CELESTE BEBERAGGI MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.067.102, y se ordena la remisión inmediata del presente expediente al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia con sede en Coro, de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.