Por todo lo antes expuesto, este Tribunal 3° de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: la imposición de la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano JHONATAN DE JESUS NUÑEZ GONZALEZ, venezolano, 24 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 15.982.189, NACIDO EN FECHA 20-07-84 natural de Punto Fijo, sector Andrés Eloy Blanco, calle arias casa Nº 09, por el Delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, Tipificado en Tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico y Consumo Estupefacientes y Psicotrópicos . Así mismo se decreta la flagrancia y el procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. En su oportun.....