En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO se admite totalmente la acusación en contra del ciudadano YILFREINI JOHAN SALONES, titular de la cédula de identidad N° 18.049.517, por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIETNES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Se admiten las pruebas ofrecidas por la representación Fiscal, por cuanto las mismas son útiles, necesaria y pertinentes en el debate oral y Público. Una vez, admitida la acusación y las pruebas, se le imponen a la acusada, las medidas alternativas para la prosecución del proceso, explicándole el alcance .....