esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado ÉDER JOEL HERNÁNDEZ, en su carácter de Defensor Público Sexto Penal de los ciudadanos ROLANDO JOSE GONZALEZ ARTEAGA, ANA YOELYS DIAZ SILVA y DANIEL ANTONIO MEDINA LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. 16.103.611, 20.933.144 y 17.923.835, respectivamente, contra el auto de audiencia preliminar dictado por el Tribunal Segundo en Funciones de Control a cargo de la abogado RAIZA MAVAREZ en fecha 07 de mayo de 2010 y publicado el 11 de mayo 2010, que impuso la pena a los mencionados ciudadanos por el procedimiento de admisión de los hechos, de VEINTE AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de SECUESTRO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORES y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR. SE FIJA LA AUDIENCIA ORAL PARA EL DÍA MIÉRCOLE.....