Por todo lo antes expuesto, tomando en consideración los Principios de Proporcionalidad, y el de Juzgamiento en Libertad, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: Admite la precalificación Fiscal por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 418 del Código Penal, por cumplir con los supuestos de hecho establecidos en la norma sustantiva. SEGUNDO: Impone a los co-imputados Jorge Semeco Piña, venezolano, natural de los taques, Estado Falcón, nacido el 29-06-75, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.789.639, y Humberto Antonio Soto Herrera, venezolano, natural de Coro, Estado Falcón, nacido el 21-10-64, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.509.370, Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad de las previstas en los, Ordinales 3° y 6° con.....