DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando conforme a lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano: JOSÉ HUMBERTO LAREZ BONILLA, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 16.709.396, mayor de edad, nacido en fecha 21-12-1983, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Funcionario Policial Agente, natural y residenciado en el Parcelamiento Cruz Verde, Callejón El Tenis, Casa S/Nº, a una cuadra bajando de la Agencia de Lotería La Matica. Coro, Estado Falcón; a cumplir la pena de Tres (03) años de prisión más las accesorias de ley por la comisión del delito de Delito Peculado Doloso Propio, previsto y sancionado en el artículo 52 de la Ley contra la Corrupción en perju.....