En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control, Audiencia y Medidas de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Cumplidos los requisitos establecidos en el 308 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal en contra del ciudadano EDIXON JESUS DIAZ MEDINA, titular de la cédula de identidad N° 7.519.116, nacido en fecha 16/02/1985, de 27 años de edad, soltero, de Profesión Carpintero, residenciado en Urbanización los Medanos manzana G, casa N° 9-8, de la ciudad de Coro del Estado Falcón, teléfono N° 04246160197; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de M. V. P. M. (SE OMITE IDENTIDAD) de conformidad con.....