Por todo lo antes expuesto y verificado como ha sido el cumplimiento de las Obligaciones impuestas a los imputados, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano HECTOR RAMON ROMERO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.310.248, de profesión constructor, Domiciliado en Santa Cruz de Bucaral, barrio 23 de Enero, casa sin numero, de color Rosada, Municipio Unión del Estado Falcón, Por el delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el Articulo 416 del Código Penal, en perjudico de YUSDUAL FERNANDO TORRES, y se ordena el cese de todas las Medidas de Coerción que le fueron impuestas. Todo de conformidad con el Articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE. Notifíquese a las partes de la presente Publicaci.....