DISPOSITIVA
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, este tribunal pasa a dictar Sentencia definitiva por el procedimiento de admisión de hechos, es por lo que DECLARA:
PRIMERO: SE CONDENA al ciudadano JOSE DANIEL QUINTERO ROMERO, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 21.158.178, natural de punto fijo, estado Falcón, Nacido en fecha 30-01-1991, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión mecánico, Hijo de Martha Romero y Cupertino Quintero, residenciado Sector Las Margaritas, Sector 02, calle 12, vereda 20, casa numero 17, Punto Fijo, estado Falcón, teléfono: 0269-7668746 y 0426-3238614., a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION MAS LAS ACCESORIAS DE LEY por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y PORTE ILÍCITO DE ARM.....