La Jueza oídas las exposiciones de las partes de su determinación Judicial dando a conocer la parte dispositiva la cual es el siguiente tenor: ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES DE CORO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud Fiscal del Ministerio Publico, Y SIN LUGAR, la solicitud de la defensa de una medida menos gravosa, en relación al adolescente: CARLOS LUIS COLINA RODRIGUEZ, venezolano, C.I. Nº 27.503.556, y se acoge a la calificación jurídica del delito POSESIÒN ILÎCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones se decreta la Medida Judicial Preventiva de Libertad, por lo que decreta como sitio de reclusión en la Entidad de Atención para Varones. SEGUNDO: Se ordena la realización de las R9, R6 y R13, asimismo la Medicatura Forense. Líbrese las respectiva.....