En tanto, y como consecuencia de lo antes motivado y suficientemente razonado, es que este Tribunal Segundo de Juicio, declara sin lugar la solicitud defensiva de Revisión y Sustitución de la Medida Cautelar de Privación de Libertad dictada por este mismo Tribunal de Juicio, por una Medida Cautelar Sustitutiva menos gravosa a favor de la hoy imputada MAYERLING DEL VALLE VILLALOBOS plenamente identificada en autos, ello de conformidad con lo pautado en el artículo 264 del Copp, en virtud de persistir aún un altísimo Peligro de Fuga en el Proceso Penal aperturado a Juicio, de conformidad con lo pautado en el artículo 251 en su numeral 4 y Parágrafo segundo del artículo 251 ejusdem, así ase decide.
En cuanto a la solicitud del defensor privado acerca de la fijación del juicio oral y público en el presente asunto, es conveniente recalcar que ya éste tribunal segundo de juicio que funciona en esta sede judicial fijo, según las posibilidades de la agenda única llevada en ésta sede judicial,.....