En el mérito de las anteriores consideraciones, esta Juez Unipersonal Nº 11 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de Ofrecimiento de Obligación de Manutención, incoada la Abogada MARIA DEL MILAGRO DA CORTE LUNA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Séptima del Ministerio Público, a solicitud del ciudadano ENDEN JESUS PAREDES CARRIZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.598.9770, en beneficio de su hijo (...), de cinco (5) años de edad, contra la ciudadana LUNA DEL VALLE BRACAMONTE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-11.410.207.