A los fines del Tribunal pronunciarse sobre la admisión o no de la presente solicitud, observa:
Que en el comprobante de recepción de asuntos nuevos se señala textualmente: "En la unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Caracas en la fecha de hoy 8 de Marzo de 2012 siendo las 10:51 AM, se recibió solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, constante de un (01) folio útil y anexos constantes de catorce (14) folios útiles, presentada por los ciudadanos Ana Mercedes Cedeño de Hernández y Hanlin Manuel Hernández Rivas, titulares de las cedulas de identidad Nº V-6.154.444 y V-8.892.586 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado Carlos Alberto Mausseo Bello, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.248".
Así mismo se observa una nota a bolígrafo que dice textualmente: "El coordinador de esta Unidad Abg. José Fajardo, deja plena constancia que la ciudadana Ana Mercedes Cedeño, no se encontraba presente, al mome.....