En base a los argumentos explanados ut supra y con fundamento al numeral "e" del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando como JUZGADO DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 561 (literal "e") de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la presente causa seguida en contra de las adolescentes (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA), quien es venezolana, de doce (12) años de edad aproximadamente, residenciada (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA), Municipio Los Taques del Estado Falcón, y (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA), quien es venezolana, de trece (13) años de edad, ti.....