En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo; EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Primero: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO incoado por el La Parte actora ciudadano RODOLFO GONZALEZ. Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.009.334. Así se decide.- Segundo: LA TERMINACIÓN DEL PROCESO. Así se decide.-. Tercero: Se ordena notificar a las partes de la presente decisión por cuanto la misma salio extemporánea por cúmulo de trabajo. Cuarto: El demandante no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos Noventa (90) días continuos contados después de la certificación de la ultima de las notificaciones practicadas. Así también las partes podrán ejercer el recurso de apelación dentro del la.....