este Tribunal sin perjuicio de terceros igual o mejor Derecho y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código Procedimiento Civil, DECLARA EL TITULO SUPLETORIO, a los ciudadanos VILMA AMANDA HERNÁNDEZ FLORES, LESBIA MARIA FLORES OROPEZA DE HERNÁNDEZ (viuda), ELVIA MARINA HERNÁNDEZ FLORES, LUÍS RAFAEL HERNÁNDEZ FLORES, YLDEFONZO ANTONIO HERNÁNDEZ FLORES, MARIA REBECA HERNÁNDEZ FLORES, OSCAR HENRIQUE HERNÁNDEZ FLORES, PEDRO SAMUEL HERNÁNDEZ FLORES y RICARDO JOSÉ HERNÁNDEZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábil, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.540.490, V-1.725.547, V-4.235.265, V-4.234.751, V-4.675.123, V-4.675.114, V-5.603.558, V-3.659.515 y V-6.234.904, respectivamente, y/o de la Sucesión "PEDRO DAMIÁN HERNÁNDEZ MARÍN