Este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud de la defensa de Sobreseimiento e in admisibilidad de la acusación por las razones expuesta en la motiva de la presente decisión SEGUNDO: Se ADMITE la Acusación interpuesta por la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público, contra los ciudadanos: MIGUEL JOSE ESCALONA ARGUELLO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad 24.167.032, nacido en fecha 10-09-1994, de 20 años de edad, de profesión u oficio estudiante, Residenciado: sector san jose, calle paez con venezuela, cerca del abasto petit, Nº de teléfono: 0426-350.37.01 y GERMANSO GABRIEL ROMERO LADINO venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad 26.537.875, nacido en fecha 21-12-1996, de 18 años de edad, de profesión u oficio estudiante, Residenciado: Libertadores de America, m.....