Por todo lo anteriormente expuesto es que este Tribunal Primero de Control de La Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial del Estado Falcón Extensión Tucacas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la ley, Decide: Declara con lugar la solicitud presentada por la Abg. Eucarina Lugo Chirino, Defensora Pública Séptima y acuerda Archivar la presente causa N° 1CO-072-2003, la cual comporta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuesta y la condición de imputado a favor del adolescente Identidad omitida, por la presunta comisión de unos de los delitos Contra las Personas , todo de conformidad a lo establecido en el articulo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la protección del niño y del adolescente. Así se decide. Cúmplase, Ofíciese lo conducente, notifique a las partes.