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Decisiones del dia 30/07/2008 |
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N° Expediente :
10570
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N° Sentencia :
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Fecha: 30/07/2008 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares Via Ejecutiva |
Partes: RENE GARCIA HERRERA VS EDMUNDO ALFONSO FERRER RINCON |
Resumen:
Por cuanto de una revisión exhaustiva del asunto remitido a este Juzgado en virtud de la distribución legal correspondiente, se evidencia que el mismo fue introducido, hace más de treinta (30) días continuos, sin que hasta la presente fecha se hayan consignado recaudos a los fines de proceder a la asignación de un número de causa, para iniciar su trámite, este Juzgado procede a inhabilitarlo, ordenando su archivo y posterior remisión a los archivos judiciales, por cuanto considera quien suscribe que el referido lapso, es tiempo suficiente a objeto de que los interesados procedan a la consignación de los instrumentos fundamentales que deberán acompañar al asunto en cuestión, entendiéndose que al transcurrir un periodo de treinta (30) o más días sin que se consignen los referidos recaudos puede catalogarse como falta del interés en impulsar la demanda o solicitud. Archívese.
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Juez/Ponente:
María Rosa Martínez
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Organo:
Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
24870
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N° Sentencia :
S-N
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Fecha: 30/07/2008 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares |
Partes: MATADERO PANAMERICANO MAPA, C.A. CONTRA MERCAGRASA, C.A. |
Resumen:
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se DECLARA FIRME EL DECRETO INTIMATORIO, dictado en fecha diecisiete (17) de septiembre del dos mil siete (2007), todo de conformidad con lo establecido en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se condena al pago de las cantidades establecidas en el decreto en cuestión las cuales a saber son: PRIMERO: La cantidad de CIENTO VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTIUN BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 122.504.421,60), por concepto del monto total de las facturas adeudadas aquí demandadas; SEGUNDO: La cantidad de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TRES BOLIVARES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 5.435.7.....
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Juez/Ponente:
Luis Leon
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Organo:
Juzgado Duodecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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