III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Divorcio con fundamento en la causal contenida en el ordinal 3º de del articulo 185 del Código Civil, incoada por el ciudadano FRANCISCO MORILLO VAN DEN BERG, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-14.203.271, en contra de su cónyuge, ciudadana VANESSA ACOSTA FRIEDMAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-14.889.256. Respecto a la causal contenida en el ordinal 2º del artículo 185 eiusdem, este Juzgado la DESECHA.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial, que unía a los ciudadanos FRANCISCO MORILLO VA.....