administrando Justicia. PRIMERO: DECLARA La Acumulación de la CAUSA: IP01-P-2009-003444 seguida al penado Ciudadano JESÚS ENRIQUE CALATAYUD GOITÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.-15.458.075, a la causa: IK01-P-2002-000063 quedando la pena a cumplir de QUINCE (15) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos por los cuales resulto condenado por ante el Tribunal tercero de juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón. SEGUNDO: SE DECRETA Actualizado el Cómputo de Pena en la presente causa seguida al penado JESÚS ENRIQUE CALATAYUD GOITÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.-15.458.075, y plenamente identificado en autos, ha cumplido DOCE (12) AÑOS Y QUINCE (15) DIAS, LE FALTAN POR CUMPLIR TRES (03) AÑOS CINCO (05) MESES Y QUINCE (15) DIAS Y CUMPLE LA PENA 15-02-2016.
CÚMPLASE.
Regístrese, déjese copia de la presente decisión. Notifíquese a las partes. (Defensa, Fiscalía victimas). Remítase un ejemplar de la d.....