Por todo lo anteriormente expuesto este juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de Revisión de Medida solicitada por la defensa con fundamento en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal y acuerda sustituirle la Medida de Arresto Domiciliario, que existe sobre el imputado MIGUEL ANGEL OCANDO PUENTE, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.790.397, domiciliado en EL Sector Caja de Agua, calle Acueducto, casa N° 35, casa blanca con rejas blancas, diagonal a la venta de Repuesto el Gigante y el club INOS, de la ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón, a quien se le imputa el delito de Homicidio Intencional Simple previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal en perjuicio de Evaristo López Sánchez, por las M.....