En consecuencia por los motivos de hecho y de derecho expuestos este Tribunal Superior Primero del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer del RECURSO DE NULIDAD, interpuesto por el por el Abogado JULIO CESAR SINOPOLI VELASQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 106.624, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa MISTER QUINCI, C.A., en contra de la decisión de Recurso Jerárquico, signado con el número RJ-US-020-2007, emitido por el Técnico Superior Universitario GUSTAVO RAMON SEQUERA LIRA, en su carácter de Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCION, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), de fecha 08 de Febrero de 2008.
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA, por razón de la materia en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo Región Occidental del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, a fin de que c.....