Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas , administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la rectificación del acta de nacimiento de la ciudadana: MILAGROS DEL VALLE GIRÓN LÓPEZ, plenamente identificada en autos; en tal sentido, ordena que se rectifique el error mencionado en el término siguiente: Donde se lee: "que lleva por nombre: MILAGROS DEL VALLE GIRÓN JIMENEZ" debe leerse: "que lleva por nombre MILAGROS DEL VALLE GIRÓN LÓPEZ" y donde dice: "a quien reconoce en este acto como su hija natural reconocida con la ciudadana: ENRIQUETA JIMENEZ", debe leerse: "a quien reconoce en este acto como su hija natural reconocida con la ciudadana: ENRIQUETA LÓPEZ", como real y legalmente corresponde.