esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las Abogadas NADEZCA TORREALBA y MARÍA ELENA HERRERA, en sus condiciones de Defensoras Privadas del ciudadano JOSÉ MANUEL SÁNCHEZ DÍAZ, contra el auto dictado en fecha 19 de Agosto de 2013 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual impuso la pena al mencionado ciudadano, con ocasión a la condena que cumple por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, conforme a lo dispuesto en el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se REVOCA la decisión objeto del presente recurso, debiendo remitirse la causa principal a un Tribunal distinto del que produjo el fallo revocado, para que proceda a efectuar un nuevo cómputo de pena, con prescin.....