Por los motivos señalados, este Tribunal Superior impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Pedro López Navarro, en representación del ciudadano MONIR HADAD RAHBE, contra la sentencia de fecha 07 de febrero de 2007, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio que por reivindicación sigue el FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIEMNETAL FRANCISCO DE MIRANDA contra el apelante, fallo que se confirma de acuerdo a las siguientes disposiciones:
SEGUNDO: Con lugar la demanda reivindicatoria intentada por FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIEMNETAL FRANCISCO DE MIRANDA contra el ciudadano MONIR HADAD RAHBE.
TERCERO: Se condena al ciudadano MONIR HADAD RA.....