DECISION
En merito de los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción Resolución de Contrato de Obra, interpuesta por la abogada SHEILA MORENO, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Asociación Cooperativa "POSADA TURISTICA JURIJUREBO", en contra de la ASOCIACION COOPERATIVA ASOCOOPREPAR, RL., todos Up Supra identificados. En consecuencia se resuelve lo siguiente:
PRIMERO: Se declara RESUELTO el Contrato de Obra Nº 001-080220, suscrito entre las partes, autenticado en Notaria Publica Primera de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón en fecha 04/03/10, inserto bajo el Nº 22, Tomo 15
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad bolívares
OCHOCIENTOS OCHENTA MIL (Bs. 880.000,00) por concepto.....