Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta la LIBERTAD sin restricciones del ciudadano REINALDO JOSE LOPEZ FRANCO identificado en actas, de conformidad con el artículo 44 de la Constitución Nacional y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, sin perjuicio de que continúen las investigaciones. En consecuencia remítase la Causa a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público. Notifíquese a las partes y a la víctima de la publicación de la presente decisión. Cúmplase.