DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud hecha por la representación del Ministerio Público; por no encontrarse llenos completamente los extremos del articulo 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se decreta en contra a los ciudadanos DETECTIVE AGREGADO SAUL ROMERO y el DETECTIVE JOSMAR CEBALLOS como COAUTORES en los delitos de: 1.- HOMICIDIO CALIFICADO (por ser cometido con Alevosía), previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1° del Código Penal, cometido en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de JOSE GREGORIO VIVAS REYES 2.- USO INDEBIDO DE ARMAS ORGANICAS, previsto y sancionado en el artículo 115 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, cometido en perjuicio del ESTA.....