Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA, el desistimiento, hecho por la ciudadana Ramona Milagro Hernández Silva, asistida por el abogado Alberto Castillo,
En consecuencia se da por terminada el presente procedimiento, y se acuerda el archivo del presente expediente, asimismo se ordena el desglose de los originales que fueron consignados y agregados al expediente, previa su certificación en actas de las mismas.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Santa Ana de Coro al Primer (1°) día del mes de noviembre del dos mil siete (2.007). Años: 197 de la Independencia y 148 de la Federación. (mery).-
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