Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA LA LIBERTAD PLENA, del Ciudadano: ARISTIDES RAMON MARCANO venezolano, natural de Coro, Estado Falcón, portador de la cédula de identidad personal número V- 1.410.597, de 70 años de edad, nacido el 06-07-1937, como grado de instrucción: Tercer Grado, domiciliado en la Calle Principal de Cujicana, casa N° 50, de color anaranjada, al lado del Edificio Los Caobos, de profesión u oficio: pescador, de Estado Civil casado, ello de conformidad con lo establecido en el articulo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en los artículos 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal. Por la presunta comisión del Delito de Pesca Ilícita, previsto y sancionado en el Artículo 41 de la Ley Penal del Ambiente. .....