Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL, de los entredichos EDILIA LUISA, NEIZA MAGALI, HAIDEE MARILI, PEDRO JOSE, NELLY GREGORIA, YNELIA MARIA Y JOSE GREGORIO RIVAS AGÜERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.809.563, V-4.790.450, V-7.522.161, V-11.763.346, V-11.763.347, V-9.809.558, V-11.763.360, y nombra como Tutor a su hermano WILLIAN NICOLAS RIVAS AGÜERO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.680.771, de este domicilio.
El proceso continuara por los trámites del procedimiento ordinario, de conformidad con el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, quedando abierta a pruebas la present.....