En consecuencia procede este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Declara con Lugar el Archivo Fiscal Decretado por el Ministerio Público, sin perjuicio de poder ordenar la reapertura de la investigación, si en ulterior oportunidad surgen otros elementos de interés que puedan contribuir a fundamentar y justificar dicha reapertura, o cuando así lo solicite la victima, de igual manera se Ordena el cese de la Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad establecida en el Artículo 250,251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, y en cosecuecia su inmediata libertad y que le fueran impuestas a los ciudadanos RAFAEL EMIRO SANCHEZ PEREZ, C.I 13.082.526, de 29 años de edad, nacido en fecha 04-05-78, de profesión MACANICO INDUSTRIAL, hijo de DILIAN PEREZ Y RAFAEL SANCHEZ, domiciliado en AVENIDA SAN FRANCISCO, ENTRADA AL MANZANILLO, CALLE LA 900, CASA N° 05-39, MARAC.....